5.3. Acuerdo complementario sobre el “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparacio?n y No Repeticio?n” - a podcast by @LocutorCo

from 2016-09-15T15:00:42

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Leído por Laura Castro

5.3. Acuerdo complementario sobre el “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparacio?n y No Repeticio?n”

En el Tribunal para la Paz ejercera?n la magistratura un mi?nimo de 20 magistrados o magistradas colombianos y 4 magistradas o magistrados extranjeros.
En las Salas de Justicia de la Jurisdiccio?n Especial para la Paz ejercera?n la magistratura 18 magistradas o magistrados colombianos y 6 magistradas o magistrados extranjeros.
Las magistradas o magistrados no tendra?n que ser jueces de carrera en sus respectivos pai?ses, y no se les aplicara? ninguna limitacio?n de edad.
El Mecanismo de seleccio?n escogera? los anteriores magistradas o magistrados -un total de 48, de los cuales 38 sera?n nacionales y 10 sera?n extranjeros/as-, y hasta un tercio ma?s -un total de 16, de los cuales 12 sera?n nacionales y 4 sera?n extranjeros-, que debera?n estar a disposicio?n como magistrados/as suplentes o sustitutos. El Presidente formalizara? el nombramiento y posesionara? a los magistrados/as de la Jurisdiccio?n Especial para la Paz asi? como al Director/a de la Unidad de Investigacio?n y Acusacio?n. En caso de que se requiera, el plenario de magistrados/as de la Jurisdiccio?n Especial para la Paz hara? los nombramientos necesarios de la lista de magistrados/as suplentes o sustitutos seleccionados por el mecanismo de seleccio?n.
La Unidad de Investigacio?n y Acusacio?n de la Jurisdiccio?n Especial para la Paz estara? integrada por un mi?nimo de diecise?is (16) fiscales, de los cuales doce (12) sera?n de nacionalidad colombiana y cuatro (4) sera?n de nacionalidad extranjera.
Los y las fiscales no tendra?n que ser fiscales de carrera en sus respectivos pai?ses, y no se les aplicara? ninguna limitacio?n de edad.
Los y las anteriores fiscales -un total de 16-, y hasta un tercio ma?s -5 fiscales, de los cuales 4 sera?n nacionales y 1 sera? extranjero-, que debera?n estar a disposicio?n como fiscales suplentes o sustitutos, sera?n nombrados y posesionados por el Director de la Unidad de Investigacio?n y Acusacio?n, quien tendra? plena autonomi?a para seleccionar y nombrar a los dema?s profesionales que requiera para hacer parte de la Unidad.


Lectura del ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA
Texto tomado de https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24_08_2016acuerdofinalfinalfinal-1472094587.pdf

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