Podcasts by Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local
Con estos audios podrás escuchar y estudiar los artículos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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Artículo 141. Límites de las sanciones económicas. from 2020-01-23T11:40:45
Artículo 141. Límites de las sanciones económicas.
Salvo previsión legal distinta, las multas por infracción de Ordenanzas locales deberán respetar las siguientes cuantías:
In...
Artículo 140. Clasificación de las infracciones. from 2020-01-23T11:40:10
Artículo 140. Clasificación de las infracciones.
1. Las infracciones a las ordenanzas locales a que se refiere el artículo anterior se clasificarán en muy graves, graves y leves.
Se...
Artículo 139. Tipificación de infracciones y sanciones en determinadas materias. from 2020-01-23T11:39:36
Artículo 139. Tipificación de infracciones y sanciones en determinadas materias.
Para la adecuada ordenación de las relaciones de convivencia de interés local y del uso de sus servicios,...
Artículo 138. from 2020-01-23T11:37:56
Artículo 138.
En el seno de la Conferencia sectorial para asuntos locales, existirá una Conferencia de ciudades de la que formarán parte la Administración General del Estado, las comunidades a...
Artículo 137. Órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas. from 2020-01-23T11:37:32
Artículo 137. Órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas.
1. Existirá un órgano especializado en las siguientes funciones:
a) El conocimiento y r...
Artículo 136. Órgano responsable del control y de la fiscalización interna. from 2020-01-23T11:36:58
Artículo 136. Órgano responsable del control y de la fiscalización interna.
1. La función pública de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, en su ...
Artículo 135. Órgano de Gestión Tributaria. from 2020-01-23T11:36:33
Artículo 135. Órgano de Gestión Tributaria.
1. Para la consecución de una gestión integral del sistema tributario municipal, regido por los principios de eficiencia, suficiencia, agilidad y un...
Artículo 134. Órgano u órganos de gestión económico-financiera y presupuestaria. from 2020-01-23T11:36:06
Artículo 134. Órgano u órganos de gestión económico-financiera y presupuestaria.
1. Las funciones de presupuestación, contabilidad, tesorería y recaudación serán ejercidas por el órgano u órga...
Artículo 133. Criterios de la gestión económico-financiera. from 2020-01-23T11:35:30
Artículo 133. Criterios de la gestión económico-financiera.
La gestión económico-financiera se ajustará a los siguientes criterios:
a) Cumplimiento del objetivo de estabilidad presu...
Artículo 132. Defensa de los derechos de los vecinos. from 2020-01-23T11:35:01
Artículo 132. Defensa de los derechos de los vecinos.
1. Para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal, el Pleno creará una Comisión especial de Sugerencias y...
Artículo 131. El Consejo Social de la Ciudad. from 2020-01-23T11:34:31
Artículo 131. El Consejo Social de la Ciudad.
1. En los municipios señalados en este título, existirá un Consejo Social de la Ciudad, integrado por representantes de las organizaciones económi...
Artículo 130. Órganos superiores y directivos. from 2020-01-23T11:33:57
Artículo 130. Órganos superiores y directivos.
1. Son órganos superiores y directivos municipales los siguientes:
A) Órganos superiores:
a) El Alcalde.
b) Los ...
Artículo 129. La asesoría jurídica. from 2020-01-23T11:33:20
Artículo 129. La asesoría jurídica.
1. Sin perjuicio de las funciones reservadas al secretario del Pleno por el párrafo e) del apartado 5 del artículo 122 de esta ley, existirá un órgano admin...
Artículo 128. Los distritos. from 2020-01-23T11:32:53
Artículo 128. Los distritos.
1. Los ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar la p...
Artículo 127. Atribuciones de la Junta de Gobierno Local. from 2020-01-23T11:32:26
Artículo 127. Atribuciones de la Junta de Gobierno Local.
1. Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
a) La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, incluido...
Artículo 126. Organización de la Junta de Gobierno Local. from 2020-01-23T11:31:54
Artículo 126. Organización de la Junta de Gobierno Local.
1. La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de direcció...
Artículo 125. Los Tenientes de Alcalde. from 2020-01-23T11:31:22
Artículo 125. Los Tenientes de Alcalde.
1. El Alcalde podrá nombrar entre los concejales que formen parte de la Junta de Gobierno Local a los Tenientes de Alcalde, que le sustituirán, por el o...
Artículo 124. El Alcalde. from 2020-01-23T11:30:56
Artículo 124. El Alcalde.
1. El Alcalde ostenta la máxima representación del municipio.
2. El Alcalde es responsable de su gestión política ante el Pleno.
3. El Alcalde t...
Artículo 123. Atribuciones del Pleno. from 2020-01-23T11:30:24
Artículo 123. Atribuciones del Pleno.
1. Corresponden al Pleno las siguientes atribuciones:
a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
b) La votación de...
Artículo 122. Organización del Pleno. from 2020-01-23T11:29:34
Artículo 122. Organización del Pleno.
1. El Pleno, formado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal.
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Artículo 121. Ámbito de aplicación. from 2020-01-23T11:28:56
Artículo 121. Ámbito de aplicación.
1. Las normas previstas en este título serán de aplicación:
a) A los municipios cuya población supere los 250.000 habitantes.
b) A los...
TÍTULO X. Régimen de organización de los municipios de gran población (Arts 121 a 138) from 2020-01-23T11:27:21
ListenArtículo 120 bis. from 2020-01-23T11:26:25
Artículo 120 bis.
El Estado impulsará la colaboración con las comunidades autónomas con el fin de crear órganos de cooperación conjuntos en materia de régimen local, tanto bajo la forma jurídi...
Artículo 120. from 2020-01-23T11:25:57
Artículo 120.
1. El Instituto de Estudios de Administración Local, adscrito al Ministerio de Administración Territorial, es una entidad de Derecho público, dotada de personalidad y capacidad j...
Artículo 119. from 2020-01-23T11:25:28
Artículo 119.
La Comisión podrá solicitar de los órganos constitucionalmente legitimados para ello la impugnación ante el Tribunal Constitucional de las leyes del Estado o de las Comunidades A...
Artículo 118. from 2020-01-23T11:24:06
Artículo 118.
1. Corresponde a la Comisión:
A) Emitir informe en los siguientes supuestos:
a) Anteproyectos de Ley y proyectos de disposiciones administrativas de compete...
Artículo 117. from 2020-01-23T11:23:27
Artículo 117.
1. La Comisión Nacional de Administración Local es el órgano permanente para la colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración local.
2. L...
Artículo 116 ter. Coste efectivo de los servicios. from 2020-01-23T11:20:17
Artículo 116 ter. Coste efectivo de los servicios.
1. Todas las Entidades Locales calcularán antes del día 1 de noviembre de cada año el coste efectivo de los servicios que prestan, partiendo ...
Artículo 116 bis. Contenido y seguimiento del plan económico-financiero. from 2020-01-23T11:19:46
Artículo 116 bis. Contenido y seguimiento del plan económico-financiero.
1. Cuando por incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de...
Artículo 116. from 2020-01-23T11:19:13
Artículo 116.
Las cuentas anuales se someterán antes del 1 de junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local, la cual estará constituida por miembros de los distintos g...
Artículo 115. from 2020-01-23T11:18:47
Artículo 115.
La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales corresponde al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece la Ley O...
Artículo 114. from 2020-01-23T11:18:16
Artículo 114.
Las entidades locales quedan sometidas al régimen de contabilidad pública. La Administración del Estado establecerá, con carácter general, el plan de cuentas de las entidades loc...
Artículo 113. from 2020-01-23T11:17:46
Artículo 113.
1. Contra los actos que pongan fin a las reclamaciones formuladas en relación con los acuerdos de las Corporaciones en materia de presupuestos, imposición, aplicación y efectivid...
Artículo 112. from 2020-01-23T11:17:05
Artículo 112.
1. Las entidades locales aprueban anualmente un presupuesto único que constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconoc...
Artículo 111. from 2020-01-23T11:16:11
Artículo 111.
Los acuerdos de establecimiento, supresión y ordenación de tributos locales, así como las modificaciones de las correspondientes Ordenanzas fiscales, serán aprobados, publicados ...
Artículo 110. from 2020-01-23T11:15:42
Artículo 110.
1. Corresponderá al Pleno de la Corporación la declaración de nulidad de pleno derecho y la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria, en los casos y de acuerdo...
Artículo 109. from 2020-01-23T11:12:32
Artículo 109.
1. La extinción total o parcial de las deudas que el Estado, las Comunidades Autónomas, la Seguridad Social y cualesquiera entidades de Derecho público dependientes de las anteri...
Artículo 108. from 2020-01-23T11:12
Artículo 108.
Contra los actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales, y de los restantes ingresos de Derecho Público de las entidades locales, tales como prestaciones patrimon...
Artículo 107. from 2020-01-23T11:11:31
Artículo 107.
1. Las Ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos locales comenzarán a aplicarse en el momento de su publicación definitiva en el "Boletín Oficial" de la provincia o, en su ...
Artículo 106. from 2020-01-23T11:10:59
Artículo 106.
1. Las entidades locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos de acuerdo con lo previsto en la legislación del Estado reguladora de las Haciendas locales y en las ...
Artículo 105. from 2020-01-23T11:10:24
Artículo 105.
1. De conformidad con la legislación prevista en el artículo 5, se dotará a las Haciendas locales de recursos suficientes para el cumplimiento de los fines de las entidades local...
TÍTULO VIII. Haciendas Locales (Arts 105 a 116ter) from 2020-01-23T11:07:53
ListenArtículo 104 bis. Personal eventual de las Entidades Locales. from 2020-01-23T11:06:35
Artículo 104 bis. Personal eventual de las Entidades Locales.
1. Las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos deberán ajustarse a lo...
Artículo 104. from 2020-01-23T11:05:47
Artículo 104.
1. El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones sólo podrá...
Artículo 103 bis. Masa salarial del personal laboral del sector público local. from 2020-01-23T11:05:13
Artículo 103 bis. Masa salarial del personal laboral del sector público local.
1. Las Corporaciones locales aprobarán anualmente la masa salarial del personal laboral del sector público local ...
Artículo 103. from 2020-01-23T11:04:39
Artículo 103.
El personal laboral será seleccionado por la propia Corporación ateniéndose, en todo caso, a lo dispuesto en el artículo 91 y con el máximo respeto al principio de igualdad de op...
Artículo 102. from 2020-01-23T11:01:38
Artículo 102.
1. Las pruebas de selección y los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a que se refiere el presente Capítulo, se regirán por las bases que apruebe el Presidente de ...
Artículo 101. from 2020-01-23T11:01:06
Artículo 101.
Los puestos de trabajo vacantes que deban ser cubiertos por los funcionarios a que se refiere el artículo anterior se proveerán en convocatoria pública por los procedimientos de ...
Artículo 100. from 2020-01-23T11:00:34
Artículo 100.
1. Es competencia de cada Corporación local la selección de los funcionarios con la excepción de los funcionarios con habilitación de carácter nacional.
2. Corresponde...
Artículo 99. from 2020-01-23T11:00
Artículo 99.
1. El concurso será el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y en él se tendrán en cuenta los méritos generales, entre los que figuran la posesión de un determinado gr...
Artículo 98. from 2020-01-23T10:58:39
Artículo 98.
1. La selección, formación y habilitación de los funcionarios a que se refiere el número 3 del artículo 92 corresponde al Instituto de Estudios de Administración Local, conforme a...
Artículo 97. from 2020-01-23T10:58:04
Artículo 97.
Los anuncios de convocatorias de pruebas de acceso a la función pública local y de concursos para la provisión de puestos de trabajo deberán publicarse en el «Boletín Oficial del ...
Artículo 96. from 2020-01-23T10:57:31
Artículo 96.
El Instituto de Estudios de Administración Local desarrollará cursos de perfeccionamiento, especialización y promoción para los funcionarios al servicio de las entidades locales, ...
Artículo 95. from 2020-01-23T10:56:59
Artículo 95.
La participación de los funcionarios, a través de sus organizaciones sindicales, en la determinación de sus condiciones de empleo, será la establecida con carácter general para to...
Artículo 94. from 2020-01-23T10:56:32
Artículo 94.
La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado.
<...
Artículo 93. from 2020-01-23T10:56:07
Artículo 93.
1. Las retribuciones básicas de los funcionarios locales tendrán la misma estructura e idéntica cuantía que las establecidas con carácter general para toda la función pública.
Listen
Artículo 92 bis. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. from 2020-01-23T10:55:34
Artículo 92 bis. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
1. Son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones locales, cuya responsabilidad...
Artículo 92. Funcionarios al servicio de la Administración local. from 2020-01-23T10:53:39
Artículo 92. Funcionarios al servicio de la Administración local.
1. Los funcionarios al servicio de la Administración local se rigen, en lo no dispuesto en esta Ley, por la Ley 7/2007, de 12 ...
Artículo 91. from 2020-01-23T10:53:03
Artículo 91.
1. Las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.
2. La selección de todo el p...
Artículo 90. from 2020-01-23T10:52:33
Artículo 90.
1. Corresponde a cada Corporación local aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, p...
Artículo 89. from 2020-01-23T10:51:58
Artículo 89.
El personal al servicio de las entidades locales estará integrado por funcionarios de carrera, contratados en régimen de derecho laboral y personal eventual que desempeña puestos ...
TÍTULO VII. Personal al servicio de las Entidades locales (Arts 89 a 104bis) from 2020-01-23T10:47:04
TÍTULO VII. Personal al servicio de las Entidades locales
ListenArtículo 86. from 2020-01-23T10:45:17
Artículo 86.
1. Las Entidades Locales podrán ejercer la iniciativa pública para el desarrollo de actividades económicas, siempre que esté garantizado el cumplimiento del objetivo de estabilida...
Artículo 85 ter. from 2020-01-23T10:45
Artículo 85 ter.
1. Las sociedades mercantiles locales se regirán íntegramente, cualquiera que sea su forma jurídica, por el ordenamiento jurídico privado, salvo las materias en que les sea de...
Artículo 85 bis. from 2020-01-23T10:44:52
Artículo 85 bis.
1. La gestión directa de los servicios de la competencia local mediante las formas de organismos autónomos locales y de entidades públicas empresariales locales se regirán, re...
Artículo 85. from 2020-01-23T10:44:44
Artículo 85.
1. Son servicios públicos locales los que prestan las entidades locales en el ámbito de sus competencias.
2. Los servicios públicos de competencia local habrán de gesti...
Artículo 84 ter. from 2020-01-23T10:44:29
Artículo 84 ter.
Cuando el ejercicio de actividades no precise autorización habilitante y previa, las Entidades locales deberán establecer y planificar los procedimientos de comunicación neces...
Artículo 84 bis. from 2020-01-23T10:44:21
Artículo 84 bis.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, con carácter general, el ejercicio de actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control p...
Artículo 84. from 2020-01-23T10:44:13
Artículo 84.
1. Las Entidades locales podrán intervenir la actividad de los ciudadanos a través de los siguientes medios:
a) Ordenanzas y bandos.
b) Sometimiento a previa...
Artículo 83. from 2020-01-23T10:43:59
Artículo 83.
Los montes vecinales en mano común se regulan por su legislación específica.
Artículo 82. from 2020-01-23T10:43:52
Artículo 82.
Las entidades locales gozan, respecto de sus bienes, de las siguientes prerrogativas:
a) La de recuperar por sí mismas su posesión en cualquier momento cuando se trate ...
Artículo 81. from 2020-01-23T10:43:44
Artículo 81.
1. La alteración de la calificación jurídica de los bienes de las entidades locales requiere expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad.
2. No obstant...
Artículo 80. from 2020-01-23T10:43:34
Artículo 80.
1. Los bienes comunales y demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles y no están sujetos a tributo alguno.
2. Los bienes patrimon...
Artículo 79. from 2020-01-23T10:43:09
Artículo 79.
1. El patrimonio de las entidades locales está constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que les pertenezcan.
2. Los bienes de las entidades locales so...
TÍTULO VI. Bienes, actividades y servicios, y contratación (Arts 79 a 88) from 2020-01-23T10:42:55
ListenArtículo 78. from 2020-01-23T10:42:44
Artículo 78.
1. Los miembros de las Corporaciones locales están sujetos a responsabilidad civil y penal por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de su cargo. Las responsabilidades ...
Artículo 77. from 2020-01-23T10:42:21
Artículo 77.
Todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en...
Artículo 76. from 2020-01-23T10:41:47
Artículo 76.
Sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por la Ley, los miembros de las Corporaciones locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, d...
Artículo 75. from 2020-01-23T10:07:35
Artículo 75.
1. Los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de al...
Artículo 74. from 2020-01-23T10:06:09
Artículo 74.
1. Los miembros de las Corporaciones locales quedan en situación de servicios especiales en los siguientes supuestos:
a) Cuando sean funcionarios de la propia Corporaci...
Artículo 73. from 2020-01-23T10:05:34
Artículo 73.
1. La determinación del número de miembros de las Corporaciones locales, el procedimiento para su elección, la duración de su mandato y los supuestos de inelegibilidad e incompati...
Artículo 72. from 2020-01-23T10:05:03
Artículo 72.
Las Corporaciones locales favorecen el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, les facilitan la más amplia informac...
Artículo 71. from 2020-01-23T10:04:33
Artículo 71.
De conformidad con la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, cuando ésta tenga competencia estatutariamente atribuida para ello, los Alcaldes, previo acuerdo por mayor...
Artículo 70 ter. from 2020-01-23T10:04:08
Artículo 70 ter.
1. Las Administraciones públicas con competencias de ordenación territorial y urbanística deberán tener a disposición de los ciudadanos o ciudadanas que lo soliciten, copias c...
Artículo 70 bis. from 2020-01-23T10:02:16
Artículo 70 bis.
1. Los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asunto...
Artículo 70. from 2020-01-23T10:01:36
Artículo 70.
1. Las sesiones del Pleno de las corporaciones locales son públicas. No obstante, podrán ser secretos el debate y votación de aquellos asuntos que puedan afectar al derecho fundam...
Artículo 69. from 2020-01-23T10:00:58
Artículo 69.
1. Las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local.
2. Las formas, medios...
Artículo 68. from 2020-01-23T10:00:18
Artículo 68.
1. Las entidades locales tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos.
2. Cualquier vecino que se hallare en pleno g...
Artículo 67. from 2020-01-23T09:59:39
Artículo 67.
1. Si una Entidad local adoptara actos o acuerdos que atenten gravemente al interés general de España, el Delegado del Gobierno, previo requerimiento para su anulación al Presiden...
Artículo 66. from 2020-01-23T09:59:11
Artículo 66.
Los actos o acuerdos de las Entidades locales que menoscaben competencias del Estado o de las Comunidades Autónomas, interfieran su ejercicio o excedan de la competencia de dichas...
Artículo 65. from 2020-01-23T09:58:44
Artículo 65.
1. Cuando la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas considere, en el ámbito de las respectivas competencias, que un acto o acuerdo de alguna Entidad local infrin...
Artículo 64. from 2020-01-23T09:58:13
Artículo 64.
La Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas pueden solicitar ampliación de la información a que se refiere el número 1 del artículo 56, que deberá remitirse en ...
Artículo 63. from 2020-01-23T09:57:48
Artículo 63.
1. Junto a los sujetos legitimados en el régimen general del proceso contencioso-administrativo podrán impugnar los actos y acuerdos de las entidades locales que incurran en infra...
Artículo 62. from 2020-01-23T09:57:16
Artículo 62.
En aquellos casos en que la naturaleza de la actividad de que se trate haga muy difícil o inconveniente una asignación diferenciada y distinta de facultades decisorias en la mater...
Artículo 61. from 2020-01-23T09:56:45
Artículo 61.
1. El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo a...
Artículo 60. from 2020-01-23T09:56:11
Artículo 60.
Cuando una entidad local incumpliera las obligaciones impuestas directamente por la Ley de forma que tal incumplimiento afectará al ejercicio de competencias de la Administración ...
Artículo 59. from 2020-01-23T09:55:24
Artículo 59.
1. A fin de asegurar la coherencia de la actuación de las Administraciones Públicas, en los supuestos previstos en el número 2 del artículo 10 y para el caso de que dicho fin no p...
Artículo 58. from 2020-01-23T09:54:53
Artículo 58.
1. Las leyes del Estado o de las Comunidades Autónomas podrán crear, para la coordinación administrativa, órganos de colaboración de las Administraciones correspondientes con las ...
Artículo 57 bis. Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas. from 2020-01-23T09:54:21
Artículo 57 bis. Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas.
(Anulado)
Artículo 57. from 2020-01-23T09:53:09
Artículo 57.
1. La cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales co...
Artículo 56. from 2020-01-23T09:52:25
Artículo 56.
1. Las entidades locales tienen el deber de remitir a las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, en los plazos y forma que reglamentariamente se determinen, c...
Artículo 55. from 2020-01-23T09:51:33
Artículo 55.
Para la efectiva coordinación y eficacia administrativa, la Administración General del Estado, así como las Administraciones autonómica y local, de acuerdo con el principio de lea...
Artículo 54. from 2020-01-22T19:58:21
Artículo 54.
Las entidades locales responderán directamente de los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios...
Artículo 53. from 2020-01-22T19:57:35
Artículo 53.
Sin perjuicio de las previsiones específicas contenidas en los artículos 65, 67 y 110 de esta Ley, las Corporaciones locales podrán revisar sus actos y acuerdos en los términos y ...
Artículo 52. from 2020-01-22T19:56:08
Artículo 52.
1. Contra los actos y acuerdos de las Entidades locales que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción compe...
Artículo 51. from 2020-01-22T19:55:22
Artículo 51.
Los actos de las entidades locales son inmediatamente ejecutivos, salvo en aquellos casos en que una disposición legal establezca lo contrario o cuando se suspenda su eficacia de ...
Artículo 50. from 2020-01-22T19:54:32
Artículo 50.
1. Los conflictos de atribuciones que surjan entre órganos y entidades dependientes de una misma Corporación local se resolverán:
a) Por el Pleno, cuando se trate...
Artículo 49. from 2020-01-22T19:53:40
Artículo 49.
La aprobación de las Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:
a) Aprobación inicial por el Pleno.
b) Información pública y audiencia a los ...
Artículo 48. from 2020-01-22T19:52:54
Artículo 48.
En los asuntos en que sea preceptivo el dictamen del Consejo de Estado, la correspondiente solicitud se cursará por conducto del Presidente de la Comunidad Autónoma.
Cu...
Artículo 47. from 2020-01-22T19:52:05
Artículo 47.
1. Los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son m...
Artículo 46. from 2020-01-22T19:51:05
Artículo 46.
1. Los órganos colegiados de las entidades locales funcionan en régimen de sesiones ordinarias de periodicidad preestablecida y extraordinarias, que pueden ser, además, urgentes.<...
TÍTULO V. Disposiciones comunes a las Entidades locales (Arts 46 a 78) from 2020-01-22T19:48:54
ListenArtículo 44. from 2020-01-22T19:46:29
Artículo 44.
1. Se reconoce a los municipios el derecho a asociarse con otros en mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia.
2. La...
Artículo 43. from 2020-01-22T19:45:53
Artículo 43.
1. Las Comunidades Autónomas, previa audiencia de la Administración del Estado y de los Ayuntamientos y Diputaciones afectados, podrán crear, modificar y suprimir, mediante Ley, á...
Artículo 42. from 2020-01-22T19:44:38
Artículo 42.
1. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en sus respectivos Estatutos, podrán crear en su territorio comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, cuy...
TÍTULO IV. Otras Entidades locales (Arts 42 a 45) from 2020-01-22T19:37:47
ListenArtículo 41. from 2020-01-22T19:36:23
Artículo 41.
1. Los Cabildos Insulares Canarios, como órganos de gobierno, administración y representación de cada isla, se rigen por las normas contenidas en la disposición adicional decimocu...
Artículo 40. from 2020-01-22T19:35:03
Artículo 40.
Las Comunidades Autónomas uniprovinciales y la Foral de Navarra asumen las competencias, medios y recursos que corresponden en el régimen ordinario a las Diputaciones Provinciales...
Artículo 39. from 2020-01-22T19:34:25
Artículo 39.
Los órganos forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservan su régimen peculiar en el marco del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No obstante, las dis...
Artículo 38. from 2020-01-22T19:33:48
Artículo 38.
Las previsiones establecidas para la Diputación en este Capítulo y en los restantes de la presente Ley serán de aplicación a aquellas otras Corporaciones de carácter representativ...
Artículo 37. from 2020-01-22T12:19:04
Artículo 37.
1. Las Comunidades Autónomas podrán delegar competencias en las Diputaciones, así como encomendar a éstas la gestión ordinaria de servicios propios en los términos previstos en lo...
Artículo 36. from 2020-01-22T12:18:28
Artículo 36.
1. Son competencias propias de la Diputación o entidad equivalente las que le atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades Autónomas en los diferentes sect...
Artículo 35. from 2020-01-22T12:17:28
Artículo 35.
1. La Junta de Gobierno se integra por el Presidente y un número de Diputados no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dan...
Artículo 34. from 2020-01-22T12:16:45
Artículo 34.
1. Corresponde en todo caso al Presidente de la Diputación:
a) Dirigir el gobierno y la administración de la provincia.
b) Representar a la Diputación.
...
Artículo 33. from 2020-01-22T12:16:04
Artículo 33.
1. El Pleno de la Diputación está constituido por el Presidente y los Diputados.
2. Corresponde en todo caso al Pleno:
a) La organización de la Diputación.
Artículo 32 bis. Personal Directivo de Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares. from 2020-01-22T12:13:52
Artículo 32 bis. Personal Directivo de Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares.
El nombramiento del personal directivo que, en su caso, hubiera en las Diputaciones, Cabildos y Consejos Ins...
Artículo 32. from 2020-01-22T12:13:17
Artículo 32.
La organización provincial responde a las siguientes reglas:
1. El Presidente, los Vicepresidentes, la Junta de Gobierno y el Pleno existen en todas las Diputaciones.
Artículo 31. from 2020-01-22T12:10:21
Artículo 31.
1. La Provincia es una entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
...
TÍTULO III. La Provincia (Arts 31 a 41) from 2020-01-22T12:07:18
ListenArtículo 30. from 2020-01-22T12:02:25
Artículo 30.
Las Leyes sobre régimen local de las Comunidades Autónomas, en el marco de lo establecido en esta Ley, podrán establecer regímenes especiales para Municipios pequeños o de carácte...
Artículo 29. from 2020-01-22T12:01:54
Artículo 29.
1. Funcionan en Concejo Abierto:
a) Los municipios que tradicional y voluntariamente cuenten con ese singular régimen de gobierno y administración.
b) Aquell...
Artículo 27. from 2020-01-22T12:00:41
Artículo 27.
1. El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en los Municipios el ejercicio de sus competencias.
La delegac...
Artículo 26. from 2020-01-22T12:00
Artículo 26.
1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:
a) En todos los Municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza via...
Artículo 25. from 2020-01-22T11:59:24
Artículo 25.
1. El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfac...
Artículo 24 bis. from 2020-01-22T11:58:37
Artículo 24 bis.
1. Las leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen local regularán los entes de ámbito territorial inferior al Municipio, que carecerán de personalidad jurídica, como for...
Artículo 24. from 2020-01-22T11:58:07
Artículo 24.
1. Para facilitar la participación ciudadana en la gestión de los asuntos locales y mejorar ésta, los municipios podrán establecer órganos territoriales de gestión desconcentrada,...
Artículo 23. from 2020-01-22T11:57:35
Artículo 23.
1. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél,...
Artículo 22. from 2020-01-22T11:56:49
Artículo 22.
1. El Pleno, integrado por todos los Concejales, es presidido por el Alcalde.
2. Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal en los Ayuntamientos, y a la Asamblea ve...
Artículo 21. from 2020-01-22T11:56:10
Artículo 21.
1. El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones:
a) Dirigir el gobierno y la administración municipal.
b) Representar ...
Artículo 20. from 2020-01-22T11:55:29
Artículo 20.
1. La organización municipal responde a las siguientes reglas:
a) El Alcalde, los Tenientes de Alcalde y el Pleno existen en todos los ayuntamientos.
b) La J...
Artículo 19. from 2020-01-22T11:54:53
Artículo 19.
1. El Gobierno y la administración municipal, salvo en aquellos municipios que legalmente funcionen en régimen de Concejo Abierto, corresponde al ayuntamiento, integrado por el Al...
Artículo 18. from 2020-01-22T11:53:51
Artículo 18.
1. Son derechos y deberes de los vecinos:
a) Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral.
b) Participar en la gestión muni...
Artículo 17. from 2020-01-22T11:53:15
Artículo 17.
1. La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.
Con es...
Artículo 16. from 2020-01-22T11:52:35
Artículo 16.
1. El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habit...
Artículo 15. from 2020-01-22T11:51:55
Artículo 15.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse úni...
Artículo 14. from 2020-01-22T11:51:20
Artículo 14.
1. Los cambios de denominación de los Municipios solo tendrán carácter oficial cuando, tras haber sido anotados en un Registro creado por la Administración del Estado para la insc...
Artículo 13. from 2020-01-22T11:50:53
Artículo 13.
1. La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que...
Artículo 12. from 2020-01-22T11:50:09
Artículo 12.
1. El término municipal es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias.
2. Cada municipio pertenecerá a una sola provincia.
Artículo 11. from 2020-01-22T11:49:23
Artículo 11.
1. El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2...
TÍTULO II El municipio (Arts 11 a 30) from 2020-01-22T11:48:40
ListenArtículo 10. from 2020-01-22T11:42:53
Artículo 10.
1. La Administración Local y las demás Administraciones públicas ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración coordinación y respeto a los ...
Artículo 9. from 2020-01-22T11:42:21
Artículo 9.
Las normas de desarrollo de esta Ley que afecten a los Municipios, Provincias, islas u otras entidades locales territoriales no podrán limitar su ámbito de aplicación a una o varia...
Artículo 8. from 2020-01-22T11:36:57
Artículo 8.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, las Provincias y las islas podrán realizar la gestión ordinaria de servicios propios de la Administración autonómica, de conf...
Artículo 7. from 2020-01-22T11:36:33
Artículo 7.
1. Las competencias de las Entidades Locales son propias o atribuidas por delegación.
2. Las competencias propias de los Municipios, las Provincias, las Islas y de...
Artículo 6. from 2020-01-22T11:35:58
Artículo 6.
1. Las entidades locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, descentralización, desconcentr...
Artículo 5. from 2020-01-22T11:35:31
Artículo 5.
Para el cumplimiento de sus fines y en el ámbito de sus respectivas competencias, las Entidades locales, de acuerdo con la Constitución y las leyes, tendrán plena capacidad jurídic...
Artículo 4. from 2020-01-22T11:35:02
Artículo 4.
1. En su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponden en todo caso a los municipios, las provincias y las i...
Artículo 3. from 2020-01-22T11:34:23
Artículo 3.
1. Son Entidades Locales territoriales:
a) El Municipio.
b) La Provincia.
c) La Isla en los archipiélagos balear y canario.
2. Gozan, as...
Artículo 2. from 2020-01-22T11:33:49
Artículo 2.
1. Para la efectividad de la autonomía garantizada constitucionalmente a las entidades locales, la legislación del Estado y la de las Comunidades Autónomas, reguladora de los disti...
Artículo 1. from 2020-01-22T11:33:11
Artículo 1.
1. Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y ge...